DESCARGAR EL CÓDIGO DE ÉTICA Y BUENAS PRÁCTICAS 

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A continuación, se presentan las obligaciones y buenas prácticas relacionadas con la ética y la calidad en los procesos de evaluación y publicación de la Revista Comunicación.

 

I. Deberes de los autores 

1. Aceptar el código de ética y buenas prácticas de la Revista Comunicación.

2. Cumplir con las condiciones para publicar establecidas por la Revista Comunicación.

3. Presentar manuscritos con información original y veraz.

4. Presentar los manuscritos exclusivamente en la Revista Comunicación; es decir, un texto no debe enviarse a otras revistas simultáneamente.

5. Atender las solicitudes del editor y el Consejo Editorial de la Revista Comunicación para garantizar el adecuado proceso de evaluación y publicación del manuscrito.

6. Cumplir con lo establecido en el Manual de Publicaciones de la American Psychological Association, tercera edición en español, sobre el uso de fuentes bibliográficas; esto incluye los mecanismos para evitar plagio y autoplagio.

7. Garantizar el cumplimiento de las normas para la protección de la propiedad intelectual.

8. Acatar los lineamientos de buenas prácticas de investigación promulgados nacional e internacionalmente. Por ejemplo, en el caso de las investigaciones con seres humanos realizadas en Costa Rica, debe respetarse lo establecido en la Ley N° 9234; en el ámbito internacional, deben considerarse tratados como la Declaración de Helsinki y la Declaración universal de bioética y Derechos Humanos de la UNESCO.

9. Incluir en los manuscritos solamente los resultados completos y definitivos de las investigaciones.

10. Garantizar que los resultados de las investigaciones en las cuales se basa la información del manuscrito no están determinados o alterados por intereses económicos o personales.

11. Respetar los periodos y las políticas editoriales de la revista.

12. Asumir las responsabilidades de la autoría del manuscrito, inclusive después de la publicación.

13. Retirar un manuscrito si se considera necesario y se exponen formalmente las razones.

 

 Nota: El incumplimiento de estos deberes tendrá como consecuencia el rechazo del manuscrito, si este se encontrara en el proceso de evaluación o publicación. Si el texto estuviera publicado, se retirará de la página de la revista y se expondrán los motivos del retiro. En ambos casos, los autores serán debidamente notificados.

 

II. Deberes de los editores

1. Garantizar el adecuado desarrollo en los procesos de revisión, evaluación y publicación de los manuscritos.

2. Procurar que los procesos de evaluación y publicación de los manuscritos se realicen de manera efectiva y eficiente.

3. Mantener una adecuada comunicación con los autores, los evaluadores, el Consejo Editorial y otros implicados en los procesos de evaluación y publicación de los manuscritos.

4. Comprobar la originalidad de los manuscritos; esto incluye analizar la posibilidad de plagio y autoplagio en los textos recibidos.

5. Seleccionar a los evaluadores con las competencias apropiadas para la revisión de los manuscritos.

6. Garantizar la confidencialidad de las partes en el proceso de revisión por pares.

7. Enviar oportunamente a los autores la retroalimentación resultante de los procesos de revisión y evaluación, así como los dictámenes del Consejo Editorial.

8. Verificar que los autores cumplan con sus obligaciones.

9. Promover el mantenimiento y la incorporación de la revista en índices y bases de datos, así como la divulgación del conocimiento publicado por la revista en otros medios de difusión.

 

III. Deberes del Consejo Editorial

1. Apoyar el proceso editorial en sus diferentes etapas.

2. Velar por el cumplimiento de las condiciones para publicar y el código de ética de la revista.

3. Contribuir con la promoción de la revista en los medios científicos y académicos.

4. Dictaminar la idoneidad de los manuscritos y, de ser necesario, realizar recomendaciones para el mejoramiento de los escritos.

5. Velar por la objetividad en el proceso editorial.

6. Garantizar la calidad del proceso editorial en sus diferentes etapas.

 

IV. Deberes de los pares evaluadores

1. Emplear los lineamientos para dictaminar manuscritos establecidos por la revista.

2. Evaluar solamente aquellos manuscritos que concuerdan con sus competencias y conocimientos.

3. Cumplir con los tiempos definidos en la solicitud de la evaluación del manuscrito.

4. Respetar la confidencialidad de la información en el manuscrito.

5. Mantener una comunicación asertiva al realizar sus aportes en la evaluación de manuscritos.

6. Utilizar la información de la solicitud del dictamen y el contenido del manuscrito únicamente para el proceso de evaluación.

7. Señalar posibles conflictos de intereses en el proceso de evaluación o en el contenido del manuscrito.

8. Negarse a realizar la evaluación si algún factor relacionado con la identidad de los autores o intereses personales afectan la objetividad del proceso.

9. Comunicarse únicamente con el editor de la revista para reportar inquietudes o irregularidades relacionadas con el proceso de evaluación o con la información del manuscrito.

  

Bibliografía consultada

Center for the Study of Ethics in the Professions. (2020). The Ethics Codes Collection. Recuperado de http://ethicscodescollection.org/

Committee on Publication Ethics (COPE). (2011). Code of conduct and best practice guidelines for journal editors. Recuperado de https://publicationethics.org/files/Code_of_conduct_for_journal_editors_Mar11.pdf

Editorial Tecnológica de Costa Rica. (2019). Código de ética y buenas prácticas para la publicación de artículos científicos. Recuperado de https://revistas.tec.ac.cr/index.php/tec_marcha/codigo_etica

Graf, C., Deakin, L., Docking, M., Jones, J., Joshua, S., McKerahan, T Ottmar, M., Stevens, A., Wates. E. & Wyatt. D. (2014). Best practice guidelines on publishing ethics: a publisher's perspective. International Journal of Clinical Practice68(12), 1410-1428.